Entrevista al Senador Eduardo Bhatia

El mes pasado el Honorable Eduardo Bhatia Gautier nos recibió en el Distrito Capitolino en Puerta de Tierra para discutir algunos de los estatutos de la reciente “Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico” (i.e. P. del S. 1121; Ley Núm. 17 de 2019), contestándonos una serie de preguntas para lograr entender mejor cómo la aprobación de la misma completamente revoluciona el paradigma energético de la isla. Además del senador Eduardo Bhatia Gautier (EBG), en la entrevista también participó el ex-senador, el Lic. Ramón Luis Nieves (RLN), y posteriormente nos comunicamos con el ex-director de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC), el Lic. José Pérez Vélez (JPV), para confirmar algunos datos de la entrevista con Next Solar Magazine (NSM):  

NSM: ¿Cómo interactúa el Negociado de Energía de Puerto Rico como regulador de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) y como entidad responsable del futuro energético de la isla?  

EBG: Previo al 2014 no había un regulador ya que Puerto Rico era una de esas pocas jurisdicciones en el mundo que tenían un “utility” o compañía eléctrica como la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) sin ningún tipo de regulador. Eso conllevaba a que la AEE básicamente tomara decisiones sobre la tarifa que no se basaban en el mejor interés del ciudadano, sino basándose en sus necesidades y en las de cubrir las deficiencias de innovación que tenían.  

Todas las deficiencias operacionales que tenía la Autoridad se cubrían con la tarifa, no sólo eso, sino que también las cubrían cogiendo préstamos; por diseño convirtiéndose en una de las pocas utilidades sin fiscalizador, condición que la convirtió en una de las compañías de energía eléctrica menos reguladas y más ineficientes del mercado.  

EBG: ¿Cómo cambia eso en el 2014? La Ley Núm. 57-2014 (i.e. Ley de Transformación y ALIVIO Energético de Puerto Rico) crea un regulador, conocido entonces como la Comisión de Energía, la cual cuenta con tres propósitos fundamentales. Primero, proteger al ciudadano en el momento de establecer una tarifa; ya no va a establecer unilateralmente la tarifa la Autoridad, ahora tiene que ir a través de un proceso de “rate setting”. De establecer tarifa, y ese proceso incluye la parte número dos de esta respuesta, un proceso de evaluación de los recursos disponibles, al igual que un proceso de planificación de los recursos disponibles.  

NSM: ¿Qué rol específico tiene el Negociado de Energía de Puerto Rico como ente regulador bajo la Ley Núm. 17?  

EBG: Ese proceso no se hacía antes en Puerto Rico, así que no solo se protege, sino que se planifica; y tercero: Yo entiendo que la AEE al entrar la Comisión de Energía, ahora conocida como el Negociado de Energía, también estableció por primera vez en Puerto Rico un proceso para que el consumidor pudiera ir a llevar un reclamo. Para que se pudiera proteger y defender las necesidades del consumidor en todos los niveles. A medida que el negociado interactúa como regulador de la Autoridad, tan bien o mejor que otros reguladores a través del mundo según hemos visto.  

NSM: ¿Cómo se atenderán elementos de modernización de tecnologías de generación eléctrica? ¿Con cuánta frecuencia se evaluarán?  

EBG: Hay dos elementos importantes ahí, número uno, la Ley Núm. 57 incluyó la variable de coeficientes de calor en la ecuación energética. Básicamente lo que decía era que el “heat rate” (i.e. tasa de calor), como se llama en inglés, tenía que maximizarse para que la pérdida que existe y las ineficiencias de productividad dentro de la generación de la AEE se minimizaran. Así que ya como tal, la Autoridad estaba moviéndose fuera de las termoeléctricas al haber sido catalogadas como muy ineficientes.  

Segundo, la nueva Ley Núm. 17 exige que nos movamos a energía solar, a energía renovable, y ya eso en sí es un área de avance tecnológico dramático por mandato de ley, que incluye el 40% de energía renovable para el año 2025. Así que pienso que estamos siendo bien agresivos en ese aspecto.  

EBG: ¿Cómo se atenderán estos elementos? Pues por mandato de ley se tienen que incluir.  

EBG: ¿Con cuánta frecuencia se evaluarán? Bueno, ahora viene el primer Plan Integrado de Recursos (IRP, por sus siglas en inglés) después de la Ley #17. Así que en función de ese IRP, se van a estar revisando cada cierto número de años. Pero es en función de ese IRP que tiene que venir ahora la Autoridad a exponer cuál va a ser el plan de desarrollo de ellos para el futuro; siendo eso maravilloso, eso nunca existía antes y es bueno para Puerto Rico.  

NSM: ¿Cuán recurrente se estarán desarrollando iniciativas o evaluaciones que se ajustan al principio de “adaptabilidad” a nuevas ciencias y tecnologías descritas bajo la ley? ¿Cómo se integrará el sector académico?  

EBG: El sector académico no tiene una integración formal que no sea lo que hemos creado a través de los mecanismos del propio Negociado. Los procesos de comentarios abiertos y de vistas públicas, los procesos de abrirlo a discusión pública; y es en ese ámbito que la academia tiene que ser más agresiva y que debería participar.  

Ya los industriales se encomendaron a través del Instituto de Competitividad y Sostenibilidad Económica (ICSE), el cual lo preside José E. Rossi (i.e. Aireko) y que tiene como Director Ejecutivo a Tomás Torres-Placa. Ellos han logrado crear una entidad, siendo el sector privado agresivo en cuestionar al Negociado de Energía. Eso es bueno y creo que hemos abierto un espacio para que la academia participe y aunque se requiera, tiene que haber primero interés por parte de la academia de participar.  

NSM: ¿Con cuánta severidad ha sido la violación del “Clean Air Act” del 2011 y de los “mercury and air toxic standards (MATS)” por parte de la AEE históricamente?  

EBG: La Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) es el contaminante público mas grande en los Estados Unidos, no existe un “utility” que contamine más el aire que la AEE. Así que para atender ese asunto también era necesario reemplazar parte de la flota, del grupo de plantas eléctricas que tenemos aquí; tanto Aguirre como Palo Seco tenían que también comenzar a quemar con combustible que fuera más limpio. También creo que la transición a gas natural es en parte para evitar las multas que van a venir asociadas a esto.  

NSM: Aun a 0.20¢ centavos el kilovatio-hora (kW/h), el costo continúa siendo uno sumamente elevado en Puerto Rico, ¿qué medidas adicionales se podrán tomar en el futuro para reducir el precio a uno más cónsono con el resto de los Estados Unidos?  

EBG: Tan pronto haya compañías alternas como pueden ser las cooperativas eléctricas, como lo puede ser gente que se desconecta totalmente “off-grid” o las “micro-grids” que se hagan en función de entidades. Como, por ejemplo, el Hospital La Concepción en San German, el cual tiene una cantidad en exceso a lo que ellos necesitan para consumir; podrían vender su excedente de energía a 0.10¢ o a 0.12¢ a los vecindarios en las cercanías.  

Entiendo que hay manera de hacerlo, si uno reduce los gastos fijos que tiene de la Autoridad, o básicamente saliéndose de la AEE. Si uno pone paneles solares y baterías en su casa y te sale, hay manera de energizarse que sea a mucho menos de 0.20¢ el kilovatio-hora (kW/h), yo creo que puede ser a menos de 0.10¢ el kW/h.  

NSM: ¿Qué papel juegan las comunidades solares, el trasbordo de energía y la creación de microredes de acuerdo a la ley?  

EBG: Es un rol extraordinariamente grande, yo creo que la transición a energía solar, siendo la fuente más maravillosa que tenemos y que abunda en Puerto Rico juega un papel protagónico. La idea fundamental sería que las comunidades solares florecieran, que el trasbordo de energía se utilice como un mecanismo para ajustar las líneas de la Autoridad y pagar el peaje correspondiente; mientras que la creación de microredes también se fomente como parte de la nueva Ley #17 del 2019.  

RLN: La autorización para que el Negociado de Energía aprobara un reglamento de microredes; esto es una ley que se creó bajo la presidencia (del senado) de Eduardo Bhatia, la Ley Núm. 133 del 2016 (i.e. P. del S. 1666; “Para enmendar la Ley de Política Pública de Diversificación Energética por Medio de la Energía Renovable Sostenible y Alterna en Puerto Rico, la Ley de Medición Neta, y la Ley de Transformación y ALIVIO Energético”).  

EBG: La Ley #133 de finales del 2016, es una ley para crear microredes, o sea que ya desde entonces veníamos con ese diseño que finalmente le estamos dando forma ahora. El Reglamento de Microredes publicado por el Negociado de Energía en Puerto Rico fue el primer reglamento de esa índole en todos los EE.UU. En efecto, Puerto Rico pasó de ser el último en la fila a ser el primero, hizo un brinco que saltó a todo el mundo. Lo que es importante reseñarlo porque ese reglamento es uno que ha sido observado, leído y analizado por académicos y reguladores en todas partes de EE.UU., me consta, y han dicho que es una normativa que asentará la pauta para otros reglamentos similares en otras partes.  

NSM: Ha sido avalado hasta por el “National Renewable Energy Laboratory” (NREL).  

EBG: Exactamente.  

NSM: ¿Realmente se eliminará el uso del carbón como fuente de generación de energía para el 2028?  

EBG: Pues mira sí, para el 2028 de seguro; El Gobernador estaba tratando de hacerlo antes, yo no soy parte de esas conversaciones, pero el Gobernador si ha dicho y ha insistido que para antes del 2020-2021 el uso del carbón va a terminar.  

NSM: ¿Cómo se logrará un 40% (considerando que estamos como en un 2% o 3%) de generación de fuentes renovables para el 2025?  

EBG: Eso es una meta bien agresiva, extremadamente agresiva en cinco años, yo creo que aquí tenemos que arrancar a: Número uno, la Autoridad tiene que entrar en contratos grandes de fincas solares; Número dos, tenemos que promover la creación de miles de empleos. Promovidos como consecuencia de este proceso, instalando en los techos de más de 400,000 hogares en Puerto Rico. Hay que buscar que los techos se conviertan en techos pragmáticos, prácticos. Así que el concepto que hemos hablado en la nueva ley del “prosumidor”, porque te conviertes en productor de energía y consumidor de energía, es un elemento clave.  

EBG: Así que, ¿cómo lograrlo? Hay que ser bien agresivo y creo que la parte que aún no está clara es el financiamiento para poder comprar todo este equipo al detal, a nivel “retail”, a nivel de los hogares, yo creo que muchas familias van a coger un préstamo; Si fuera yo asesor de la banca y de las cooperativas en Puerto Rico, haría divisiones ahora mismo; igual que hay Popular Auto, yo creo que debe haber Popular Solar para que divisiones de los bancos ayuden a financiar lo que sin duda va a ser la energía del futuro.  

NSM: ¿Qué pasos se tomarán para llegar a un 60% de generación renovable para el 2040? ¿Microredes?  

EBG: Creo que es más difícil llegar al 40% que llegar al 60%, ya una vez arranca el primer 40%, que es bien agresivo. Va a ser extremadamente importante llegar a ese 40%, lo demás yo creo que va, aquí tenemos fecha que es el 100% para el 2050 y entiendo que probablemente vamos a lograr el 100% mucho antes del 2050. Mi impresión es que hemos sido bien generosos en tiempo y me parece que vamos a llegar mucho más que eso antes de esa fecha.  

NSM: Al parecer el Negociado de Energía tendrá un rol protagónico como agente fiscalizador, ¿qué recursos de personal, económicos y legales tendrá a su disposición para hacer cumplir o ejecutar su labor?  

EBG: Bueno ellos tienen una cantidad de recursos enorme, se les subió el presupuesto, lo que fue parte también de una conversación que yo tuve con Nancy Pelosi y ella hizo llamadas, estoy seguro de que hizo llamadas y puso presión. Al igual que Nydia Velázquez, ambas llamaron a los miembros de la Junta de Supervisión Fiscal y fue luego de ello que le aumentaron el presupuesto dramáticamente.   Yo personalmente me alegré muchísimo que le aumentaran el presupuesto porque ahora cuentan con los recursos necesarios para personal, legal, para hacer cumplir y ejecutar esta labor. Abogados para defender postulados y medidas tienen, estando bien financiados para hacer el trabajo que tienen que hacer; además de que tienen una Junta de cinco personas que entiendo están cualificadas.  

NSM: ¿A qué se refiere la Ley cuando indica que la AEE debe “transferir su función de operación, administración y/o mantenimiento de activos de generación legados en o antes del 31 de diciembre de 2020”?  

EBG: Básicamente, la AEE se tiene que salir de la generación de energía, y lo que hemos dicho es que hemos “streamlined” (i.e. racionalizado) la operación de la Autoridad para que se quede como una operación solamente de transmisión y distribución de energía. La Autoridad no va a estar generando energía; así que el mandato en ley es que se salga la AEE de la generación por una razón bien sencilla, porque lo hace bien ineficiente, porque lo hace mal, porque lo hace caro, porque lo hace sucio (quiero decir contaminante), y porque no tiene el dinero para invertir en nueva generación.  

Así que nos estaba atrasando, el que la Autoridad se quedara generando electricidad era un atraso, era un ancla para Puerto Rico, y lo que dijimos fue, pues vamos a ponerlo así mismo y ¡PAP!; por orden de ley tienen que salirse de ese negocio. Sólo van a transmitir, a cobrar y facturar y se acabó, y tienen que comprar a los generadores de afuera. A bueno sí, podría ser a través de APPs, hay muchas formas distintas de cómo se va a generar, pueden ser las Alianzas Público Privadas, hay muchas cosas, pero la Autoridad en sí, se está saliendo del negocio sólo, el monopolio de generación se acabó, eliminamos el monopolio.  

NSM: ¿Cómo será más transparente el proceso de compra-venta de los activos de la AEE?  

EBG: Mira, eso es algo que la ley, eso es algo que todos estamos con los pelos de punta porque este gobierno no se caracteriza por ser muy transparente, pero queremos ver como se trabaja la transparencia. Yo creo que todo el mundo tiene que estar muy pendiente, con mucho ojo al pillo, ojo a lo que está pasando.  

El proceso de compra-venta, aunque no es realmente compra-venta, aquí lo que se hizo es que se abre un mercado, aquí se abre un mercado de energía y ese mercado de energía no tiene que ser solo comprando plantas viejas. Tu puedes producir tu propia planta en otro lugar, claro vas a tener unos permisos, etcétera, etc. Pero sí, eso es importante que se sepa, se creó un mercado de energía por primera vez en la historia de Puerto Rico.  

Todo esto lo vamos a estar viendo en el desarrollo de las microredes y en el desarrollo de nuevas entidades de generación. Conscientes de que será un mercado que viene extremadamente regulado número uno, y con un marco regulatorio muy fuerte que dice exactamente cómo debe ser. O sea, aquí no es poner las piezas del rompe-cabeza como les de la gana, como se hacía antes, aquí hay unos planos ya hechos de qué es lo que debería ser la red por lo menos hasta el año 2050. ¡Los planos están hechos y ahora tienen que cumplir con ellos!  

NSM: ¿Cómo el Departamento de Desarrollo Económico y Comercio (DDEC) creará un mecanismo para el financiamiento de proyectos residenciales y comerciales pequeños, y que sean menores de veinticinco kilovatios (25kW)?  

EBG: La propia ley crea un Fideicomiso dirigido a proyectos residenciales y comerciales pequeños. No, mejor dicho, el Fideicomiso es realmente para hogares, para las familias en sus hogares, aunque si se contempló un mecanismo para el financiamiento de proyectos residenciales y comerciales pequeños y que sean de menos de 25 kilovatios (kW). Además del Fideicomiso para financiar proyectos en los hogares, lo otro que yo pienso que es sumamente importante es que cualquier departamento del Gobierno de Puerto Rico debería fomentar, incluyendo la legislatura, a que la banca se envuelva en esto, que las cooperativas se envuelvan en préstamos solares, préstamos de esta índole deberíamos fomentar todo el tiempo.  

Yo fomentaría préstamos con unos intereses bien bajos, si el gobierno puede ayudar en ese sentido, y confío en que el Fideicomiso puede crear una garantía que ayude a bajar el costo del préstamo. Por ejemplo, si tu vas a hacer 400,000 casas a un promedio de $20,000 cada una, estamos hablando de $8.0 billones de pesos en préstamos a un interés de 5% anual. Estamos hablando de un máximo de $400 millones de pesos anuales, sabes que para la banca es una cantidad extraordinaria.  

NSM: Claro, pero lo que se ha visto en Estados Unidos y que ha funcionado es más como un “tax” a la propiedad, en donde se le da un descuento al impuesto anual al tener una instalación solar, entonces cuando se compra o se vende esa casa, tanto los equipos como el incentivo son transferibles.  

EBG: Esa es otra idea, el Estado proporcionar el “property tax” como factor de un incentivo y con eso tu financias tu propio sistema.  

NSM: ¿Cómo será el proceso de interconexión de microredes? ¿Cómo el Negociado de Energía intervendrá de manera proactiva?  

EBG: Yo creo que será como se dice en inglés: “time will tell”, el tiempo dirá la respuesta a ello.  

EBG: ¿Cómo será el proceso de interconexión de microredes? Bueno, eso va a depender de cuales microredes se desarrollan, ahora mismo hay unas microredes municipales y algunas de cooperativas que se están desarrollando, una vez entren en funcionamiento sabremos cuál es la que va a substituir.  

NSM: La ley habla de dos fuentes fósiles mínimas, ¿qué inversión se tendrá que hacer para poder manejar gas natural en las subestaciones?  

EBG: Bueno pues, la Autoridad va a tener que reemplazar una serie de equipos que tiene, y yo creo que ya ha empezado a hacerlo, creo que eso eventualmente va a reducir el costo de la luz, pero nuevamente, es muy temprano. Ciertamente hay un elemento de transportación del gas natural con todo el “issue” de la Ley Jones y la Ley de Cabotaje y los barcos que están disponibles, y ese tema crea otro elemento de discordia y debate que hay aquí en el país, de costos adicionales.  

NSM: ¿Cómo las enmiendas a la Ley Núm. 83 del 2 de mayo de 1941 incrementan la agilidad y transparencia del servicio eléctrico en Puerto Rico? ¿Cómo las enmiendas a la Ley 114-2007 apoyan los esfuerzos de la nueva Ley #17?  

EBG: Sin lugar a dudas, éste es el tema más importante de toda la entrevista, ya que nosotros logramos en la Ley #17 que haya medición neta real, no hay impuesto al sol número uno. Número dos, si yo te vendo a 0.20¢ centavos, yo te compro a 0.20¢. Si la AEE te vende a 0.20¢, no hay tal cosa como lo que había antes que era que la Autoridad te vendía a 0.20¢ y te compraba a 0.03¢ o 0.04¢ centavos. Eso ya no va a existir más, ahora es real, ahora es: “yo te compro por lo que yo te vendo”.  

NSM: Precios igualados.  

EBG: Eso ninguna compañía de EE.UU. lo puede creer, lo que hicimos en Puerto Rico. Usualmente los “utilities” se oponen a esto, las termoeléctricas se oponen y aquí lo logramos hacer. O sea, esto es “major”, esto es un golpe, esto es de las cosas que más han celebrado los ambientalistas en el mundo entero, esta cosa que en Puerto Rico tenemos “real net metering”. “Real net metering” es, bueno si tu me cobras a 0.20¢, yo te vendo a 0.20¢ y se acabó. Antes no, antes yo te pagaba mucho menos y de esa manera te penalizaba por tener energía solar, ahora ya no te puedo penalizar por tener energía solar.  

RLN: El senador ha hecho unas expresiones recientes sobre el impuesto al sol que está incluido en el acuerdo con los bonistas.  

EBG: ¿Quieres que hablemos de eso ahora?  

RLN: Tiene que ver con eso porque se aprobaron unas enmiendas…    

EBG: Aquí pueden haber tres regímenes, “three regimes”; tu tienes una casa; ésta casa esta conectada “full” al cable, pues lo que dicen los bonistas es: “toda la electricidad que entre por aquí, yo te voy a cobrar 0.025¢ más el kilovatio-hora como un “tax” para pagar la deuda.” Esta última casa cortó el cable se fue “off-grid” totalmente, tu no le puedes cobrar 2.5¢ a esta casa, no le puedes cobrar nada porque se fue “off-grid”. Esta, (en el centro) se quedó conectada pero tiene también paneles solares verdad, y lo que dicen los bonistas es: “yo te voy a cobrar 2.5¢ por lo que tu absorbas del cable eléctrico de la AEE, pero también te voy a cobrar 2.5¢ por cada kilovatio-hora que tú produzcas”.   Y nosotros les dijimos: ¡No, no, no, no, no! ¡Por esta sí, pero por esta NO!  

NSM: Se detuvo.  

EBG: Ese es el punto; ¿Entiendes? ¡That’s pretty much it!   Este ¡No!; éste lo detuvimos nosotros y para ellos poder aprobar este tiene que ser por ley y no hay ambiente aquí para aprobar esa ley. Es decir, este es lo que se llama el “Solar Tax”, ¿te fijas? Porque es por lo que tu produces tu mismo, nosotros estamos diciendo en la Ley, no puedes cobrar un impuesto, no le puedes cobrar ni aunque sea un cargo, un impuesto, un cargo, por pagar los bonos. Por nada, nosotros pusimos dentro de la nueva Ley #17 en la sección 3.4(c), enmendando la Ley #114-2007. Si, ¿es o no es?; búscate la ley, busca la sección 3.4 y te la puedo leer ahora aquí; (la debes citar en tu artículo);  

NSM: La tengo (buscamos el artículo de ley), el cual lee:   “3.4(c) Cargos prohibidos – La Autoridad de Energía Eléctrica o el Contratante de la red de transmisión y distribución no podrá imponer cargo alguno o modificar la tarifa mensual de consumo de energía eléctrica de los clientes de medición neta o que interconecten algún sistema de generación distribuida, sin la previa autorización del Negociado conforme a lo antes dispuesto. De igual forma, la tarifa aplicable a clientes de medición neta aprobada por el Negociado de Energía no podrá tener el efecto de discriminar o desincentivar la adopción de acuerdos de medición neta. No se impondrá cargo directo o indirecto alguno a la autogeneración de energía renovable por los prosumidores”.  

EBG: El articulo 3.4 dice, tú no le puedes poner ningún costo adicional, ningún cargo adicional “behind the meter”. BTM lo llaman en inglés, detrás del metro que mide el consumo.  

NSM: En resumidas cuentas, ¿cómo las enmiendas a la Ley 82-2010 y a la Ley 83-2010 aportan al cumplimiento de la nueva política pública energética de Puerto Rico?  

EBG: Le dan garras, por primera vez le damos garras para poder cumplir con los requisitos de energía renovable.   En el pasado Puerto Rico hizo un intento genuino y hay que darle crédito a Kenneth McClintock y a los gobernadores entonces que trabajaron en una serie de iniciativas que sí tenían que ver con el área energética, y creo que hubo un esfuerzo de buena Fe. ¡Pero la buena Fe se quedó en eso, en buena Fe! Mientras la AEE era la última voz, la voz cantante, en cuanto a la implementación de la Ley #82, pues no pasó nada. Al notar la inacción, aprendimos de eso y le quitamos la implementación a la Autoridad y promovimos al Negociado. Número dos, pusimos unos mandatos específicos y número tres, le dimos garras al proceso del Negociado de Energía.  

NSM: ¿Cuál será la función del nuevo Fideicomiso de Energía Verde y cómo aportará a la penetración de tecnologías renovables en el mercado local?  

EBG: Bueno, la idea es que el Fideicomiso de Energía es la parte más importante de la ley en el sentido del financiamiento porque no queremos que la desigualdad económica evite que gente de escasos recursos deje de comprar paneles solares. No podemos esclavizar a la gente pobre o tenerlos rehenes del sistema de la Autoridad, mientras que otras familias que si pueden pagar se están liberando de la misma. Por lo tanto, lo que estamos tratando de lograr es, que con este Fideicomiso Verde creemos un sistema de financiamiento adecuado para que las familias de escasos recursos puedan, de igual manera, acceder a la tecnología más moderna solar, incluyendo baterías, en sus hogares.  

NSM: ¿Cómo el Negociado de Energía de Puerto Rico mantendrá su independencia como ente regulador, haciendo cumplir la Ley? ¿Tendrá su propio personal jurídico? ¿Traerá consigo especialistas en las materias de generación y cumplimiento?  

EBG: El negociado tiene los recursos para mantenerse con equipo técnico, equipo legal, el equipo del primer orden, tanto en Puerto Rico como fuera de Puerto Rico y lo están haciendo, yo tengo que decir que lo están haciendo. Ahora bien, yo te voy a contestar la pregunta con una cita de Benjamin Franklin, cuando le preguntaron si los EE.UU. iban a ser una monarquía o una democracia y el contesta: “una democracia si lo pueden mantener”.  

EBG: ¿Cómo se va a mantener la independencia del negociado? Se va a mantener si se puede mantener.  

Si hay unas actitudes éticas, si los comisionados mantienen su independencia y no se dejan comprar, si los gobiernos no le ponen presiones indebidas a los miembros del Negociado, a los comisionados. Tu sabes, yo creo que hay unos elementos como sociedad que tenemos que elevar para mantener la independencia de ese Negociado. Yo no me chupo el dedo, así que, sé lo vulnerable y lo frágil que puede ser esa independencia, pero confío, hasta hoy confío, que se podrá mantener esa independencia.  

NSM: ¿Qué papel juega la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) dentro de los mecanismos establecidos en la Ley #17?  

EBG: Esa Oficina la han desmantelado, son unos sin vergüenza, lo que han hecho ahí. Creo que el Gobernador y su gente ahí cometió un error al nunca entender lo que era esa Oficina, viéndola como un impedimento, cuando en realidad es una víctima adicional de los recortes desmesurados. Yo creo que esa oficina es bien importante para proteger al consumidor, pero la han desmantelado totalmente, así que no puedo hablarte mucho más de eso.  

RLN: El primer y único director de esa Oficina que se nombró bajo la Ley #57 del Senado de Eduardo Bhatia, el Lic. José A. Pérez Vélez, en algún momento indicó al final de su mandato, porque eliminaron la ley el año pasado y se quedó sin trabajo, que habían atendido más de 12,900 peticiones de servicio de la gente y de negocios.   Muchas de ellas, nada más requerían que se interviniera y se resolviera en nombre de ellos; esa Oficina demostró su importancia y la desarrolló el Sen. Bhatia, es importante señalarlo, realizando convenios colaborativos con el “American Association of Retired Persons” (AARP). Que trajo por iniciativa a la entidad, para proteger a la gente y a ese demográfico, haciendo un buen trabajo.  

EBG: Ramón Luis Nieves, fue el Senador, bajo cuyo liderato se aprobó la Ley #57 de 2014 (i.e. Ley de Transformación…). Cuando era senador aquí, la Ley #4 de 2016 (i.e. Para la Revitalización de la AEE de P.R.) que también atiende ese asunto y la Ley #133 de 2016 (i.e. Ley de Diversificación Energética…); al igual que y la Ley #17 de la que hablamos hoy. Fue quien representó la delegación del Partido Popular Democrático (PPD) en la negociación de la Ley #17, que yo me hice coautor. Ramón L. Nieves me representaba y era el apoyo técnico y experto en política pública energética.  

Por otro lado, el Lic. José Pérez Vélez (JPV) fue el director de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) cuando hicieron un trabajo extraordinario. Tengo que decir que esa Oficina llegó más allá de los sueños que habíamos tenido, y las aspiraciones y las expectativas, rompió todos los records de expectativa y le estaba resolviendo problemas a la gente y eso es lo fundamental aquí; una Oficina Independiente, que había tenido que ir al tribunal ya en varias ocasiones contra la Autoridad y estaban ganando los casos a nombre de los consumidores, creando procedentes legales que eran importantes.  

NSM: Al investigar acerca de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC), identificamos los siguientes resultados como consecuencia de su breve operación; defendiendo los intereses de consumidores de energía tanto en el Tribunal de Apelaciones, como ante el Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR):  

Año Fiscal Llamadas Técnicas Atendidas Expedientes Mantenidos Casos Defendidos en el Tribunal de Apelaciones
2015-2016 2,300 556 Representación
2016-2017 9,720 1,028 133 Escritos Legales
2017-2018 7,000 2,200 500 Clientes de Sunnova

 

NSM: Al comunicarnos con el Lic. José Pérez Vélez, el mismo aclaró varias de las cifras.  

JPV: Luego de los huracanes Irma y María, específicamente dentro de los tres meses y medio justo después, sobre 1,000 expedientes se habían creado dentro de la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) y 436 se habían sometido ante la Comisión de Energía, en su mayoría referentes al caso de Sunnova. Inclusive, se aclaró en la prensa que Sunnova iba a cobrar adicionalmente por los sistemas de baterías, y que las prácticas de venta de la empresa eran predatorias. La mayoría de sus clientes, más del 79% por ciento eran mayores de 75 años de edad y muchas personas perdieron sus casas, al haber gravámenes a sus residencias saldas. Situación que confío hubiese continuado de no intervenir la OIPC.  

NSM: Por último, ¿se mantuvieron las exenciones contributivas a los equipos solares eléctricos? ¿Los mismos pagarán I.V.U.? ¿Con que garantías deben contar?  

EBG: Sí se mantuvieron, 100% por ciento de exención contributiva a los equipos solares eléctricos, no pagan IVU y se le añadieron las baterías también, o sea, es el equipo solar más las baterías. No pagarán IVU. ¿En cuanto a las garantías de los equipos a qué te refieres?  

NSM: No es lo mismo equipos manufacturados en China, versus un panel fotovoltaico hecho en Alemania por ejemplo. Para proteger a los “prosumidores” al largo plazo, deberían establecerse unos requisitos mínimos que garanticen la funcionalidad y productividad de los equipos solares.  

EBG: Es buena idea, si llegábamos a saber del tema antes lo hubiésemos incluido, pero sí consideraremos las posibles garantías en futuras enmiendas a la Ley, sobretodo cuando trata del posible financiamiento o incentivos a través del Gobierno de Puerto Rico.  

NSM: Bueno, muchas gracias por dialogar con nosotros y por toda la información y aclaraciones en cuanto a la Ley Núm. 17. Estamos sumamente contentos con los cambios energéticos que están aconteciendo en la isla y más que seguros de que nuestros lectores están agradecidos también.